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La asistencia sanitaria en los desplazamientos al extranjero
 

Fuentes de información:

El portal del ciudadano

Teléfono gratuito   900.16.65.65   

Existe una prestación de asistencia sanitaria como consecuencia de enfermedad o accidente en los desplazamientos temporales en el extranjero.

La asistencia médica se prestará únicamente por Instituciones oficiales o médicos pertenecientes a la red oficial de la Seguridad Social del país. Sin embargo, el interesado podrá solicitar que le abonen los gastos de la prestación de asistencia sanitaria recibida en un centro privado en caso de urgencia vital por la vía de reintegro de gastos.

El contenido de la asistencia será el establecido por la legislación vigente en el país de desplazamiento, en igualdad de condiciones con sus propios asegurados. Esto último implica, en algunos casos, el abono de un porcentaje sobre el importe de la prestación con cargo al paciente.

Para hacer efectivo el derecho de recibir asistencia sanitaria puede solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE). Esta tarjeta es individual y certifica el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que sean necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en cualquiera de los países integrantes de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista de la estancia. El período de validez consta en la Tarjeta Sanitaria Europea.

La Tarjeta Sanitaria Europea no es válida si el motivo por el que se desplaza a otro Estado es recibir un tratamiento médico específico.

Para su obtención debe personarse en cualquiera de los Centros de Atención e
Información de la Seguridad Social (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social , donde le será emitida en el acto, previa identificación personal. Si se trata de familiares a cargo del titular deberá presentar además el modelo P-1, donde constan dichos familiares.

Para su obtención debe personarse en cualquiera de los Centros de Atención e
Información de la Seguridad Social (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social , donde le será emitida en el acto, previa identificación personal. Si se trata de familiares a cargo del titular deberá presentar además el modelo P-1, donde constan dichos familiares.

- Si, como consecuencia de la validación de los datos introducidos, no fuera posible la emisión del certificado.

Para el reconocimiento de la prestación, es indispensable tener reconocido el derecho a la asistencia sanitaria de conformidad con la legislación interna española y  también cumplir los requisitos que exija cada norma internacional en esta materia.

 

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